El Colegio dispone de un turno para
designaciones de Peritos Industriales, para aquellos particulares o empresas que necesiten contratar los
servicios de un Perito, para realizar un
informe pericial, valoración, tasación, …
En este turno se pueden inscribir todos los compañeros que se encuentren en el ejercicio libre de la profesión (autónomo o por empresa), estén dados de alta en el departamento de visados, posean experiencia de más de tres años bien en ejercicio libre, bien por cuenta ajena (aportar vida laboral en grupos 1 ó 2). Para darte de alta en el servicio de designaciones puedes cumplimentar el siguiente impreso, y deberás enviarlo a
designaciones@cogitival.es
Si ya estás dado de alta en el servicio, puedes comprobar y modificar tus datos (poblaciones) a través de tu
MI ÁREA.
Listado de Peritos 2023. (Si detectáis algún error, no dudéis en comunicarlo)
Acta sorteo peritos terceros en procedimientos tributarios 2024
Los criterios de designación que se utilizan desde el 1 de enero de 2015, son los siguientes:
- Por la materia requerida.
- Por la población solicitada.
- Por número de designaciones, teniendo prioridad los que hayan tenido menos designaciones de periciales/gratuita. (Conforme se incorporen nuevos colegiados al servicio se les asignará un número de designaciones inicial igual al colegiado más designado, de no aplicarse este lastre inicial las nuevas incorporaciones coparían los puestos màs altos).
- Por fecha de antigüedad en el servicio de periciales/gratuita, teniendo prioridad los que tengan mayor antigüedad.
- Por número de días de alta como colegiado, teniendo prioridad los colegiados con mayor nº de días de alta.
Desde
MI ÁREA se podrán visualizar los trabajos para los que se ha sido designado desde el año 2015 en adelante, y
revisar las materias en las que constas como experto (https://www.cogitival.es/intranet/mi-situacion-laboral). En el caso de los trabajos que hayan sido designados a través del turno de designaciones de periciales de parte o de particulares, recordamos que se dispone de un plazo máximo de un mes para comunicar al Colegio el número de visado/registro profesional. Si en el plazo indicado no hubiera habido tiempo suficiente para finalizar el trabajo, rogamos igualmente que se indique para conocer la fase en la que se encuentra el encargo. Por otro lado, si una vez finalizado el trabajo no se realiza el visado/registro profesional del mismo, se procederá a la baja del colegiado en el servicio de designaciones durante el periodo de un año. Transcurrido dicho periodo el colegiado se encargará de volver a tramitar el alta en el servicio si lo desea.